CUIDADOS Y DEMOCRACIA
Autores
Mag. Viviana Piñeiro
Lic. Patricia Cossani

Viviana Piñeiro y Patricia Cossani participaron del diseño y primera etapa de implementación del Sistema de Cuidados en Uruguay. Actualmente se desempeñan como consultoras en políticas de cuidados con perspectiva de género, acompañando diversos procesos en América Latina y el Caribe.

Introducción

El vínculo entre cuidados y democracia es un tema crucial en las sociedades contemporáneas. El cuidado, entendido como el trabajo de proveer atención, asistencia o apoyo a las personas que lo requieren - sean niños y niñas, personas mayores o con discapacidad que hayan perdido o no tengan algún nivel de autonomía - es esencial para la producción y reproducción de la vida en sociedad.

Sin embargo, la organización social de los cuidados está marcada por desigualdades de género, clase y otras interseccionalidades que ponen de manifiesto interrogantes y desafíos sobre el grado y la calidad de nuestras democracias.

En los análisis desarrollados sobre los cuidados es posible identificar distintas miradas: la de la economía feminista (centrada en la economía del cuidado), aquella que concibe a los cuidados como pilar del bienestar social, aquellas que discuten el cuidado como derecho (el de las personas que requieren cuidados, el de las que cuidan de forma remunerada y no remunerada, y también el derecho a no cuidar), y una últimalínea de trabajo desde la perspectiva de la ética del cuidado (Batthyány, 2020).

El presente artículo pretende problematizar el vínculo entre cuidados y democracia y los límites que encuentran los Estados en el camino hacia la modificación de la organización social de los cuidados hacia esquemas más democráticos.

Para ello se pretende poner en diálogo la teoría feminista y teoría vinculada al cuidado en términos de bienestar, derechos humanos y democracia, poniéndola en diálogo con algunas experiencias de políticapública que comienzan a implementarse en la región.

Regímenes de bienestar desde una perspectiva feminista

A finales de la década de los 60, durante la segunda ola del feminismo, entre otras reivindicaciones, surge con fuerza la injusta distribución del trabajo doméstico. Junto con otras reivindicaciones (violencia, sexualidad, salud sexual y reproductiva) sumamente interrelacionadas, esta plataforma fue problematizada bajo el lema de “lo personal es político”. Así, se empieza a poner de manifiesto la idea de que las reivindicaciones vinculadas al plano privado y del hogar no eran individuales, sino colectivas (Friedan, 1963).

A partir de la década de 1990, la academia feminista comenzó a realizar contribuciones que buscaban reformular el debate sobre los estados y los regímenes de bienestar que habían sido desarrollados durante el siglo XX. La crítica principal a las teorías tradicionales se centraba en que estas no tomaban en cuenta el papel de la familia en la provisión del bienestar, la desigual división del trabajo según el género y cómo esto afectaba la capacidad de las mujeres para exigir beneficios que les permitieran “desmercantilizarse”. Al enfocarse en las protecciones sociales más importantes para un trabajador “ideal” varón,  se ignoraban los derechos sociales de ciudadanía de aquellos que dependían económicamente de otros miembros de la familia, que en su mayoría eran mujeres (Razavi, 2007).

Estas críticas sentaron las bases para una mayor comprensión de cómo se institucionalizan las desigualdades de género en los regímenes de bienestar. Como resultado, se reformularon las dimensiones de análisis para que fueran más sensibles a la cuestión de género.

En primer lugar, la inclusión de la familia (y más tarde, la comunidad o la sociedad civil) junto al Estado y al mercado en la provisión de bienestar resaltó la necesidad de considerar la división del sexual trabajo (remunerado y no remunerado) en el análisis. En segundo lugar, se propuso examinar cómo los efectos de la estratificación en la provisión de bienestar reforzaban las jerarquías de género al vincular los beneficios a ocupaciones o niveles de remuneración que favorecían a quienes participaban en el mercado de trabajo a tiempo completo. En tercer lugar, se introdujo la dimensión de la titularidad de los derechos, diferenciando entre aquellos que se asociaban con el individuo o su posición como miembro de una familia (o, específicamente, como esposa/viuda). La cuarta y última dimensión se centró en el acceso al trabajo remunerado como un medio para que las mujeres alcanzaran la autonomía económica y pudieran ser elegibles para beneficios relacionados con el trabajo. (Ciccia & Sainsbury, 2018).

De la combinación de estas dimensiones surgieron dos enfoques principales adoptados por el feminismo. Por un lado, un enfoque que buscaba integrar la perspectiva de género en los marcos analíticos existentes, y por otro, enfoques que abogaban por desarrollar marcos de análisis alternativos desde una perspectiva sensible al género.

La primera tendencia de análisis, que fue seguida por el trabajo de Orloff, buscó reconstruir las dimensiones de la tipología clásica de Esping-Andersen con el fin de incorporar aspectos como la relación entre la familia, el estado y el mercado, la estratificación de género y la desmercantilización, junto con dos nuevas dimensiones que tenían en cuenta las características específicas de la desmercantilización en relación con las mujeres y la división sexual del trabajo. El objetivo principal era destacar el potencial emancipatorio de las políticas de bienestar social para mejorar las relaciones de género(Orloff, 1993). En contraste, el segundo enfoque se centró en la construcción de nuevas tipologías o modelos de regímenes de bienestar basados en la división sexual del trabajo. Entre ellos, encontramos la clasificación entre un modelo de varón ganapán (male breadwinner), un modelo de roles de género diferenciados (separate gender roles) y un modelo de trabajador/a-cuidador/a (individual earner-carer)(Sainsbury, 2003). Otroejemplo es el modelo propuesto por Jane Lewis, clasifica los estados de bienestar en tres tipos: "breadwinner fuerte", "breadwinner modificado" y "breadwinner débil"(Lewis, 1992). Esta tipología destaca las diferencias en cuanto a la titularidad de los derechos de las mujeres como esposas/madres o como trabajadoras remuneradas, y su traducción en variaciones ideológicas vinculadas a los roles de género y la división sexual del trabajo.

Así, las políticas públicas pueden tener un impacto positivo, negativo o nulo en la participación laboral de las mujeres, ya sea por su acción, inacción u omisión. Todas estas perspectivas abogaron por la implementación de políticas que fomenten la desvinculación de la provisión del bienestar, especialmente de los cuidados, de la esfera familiar y de las mujeres. Esto significa transferir la responsabilidad del cuidado a otros actores de la sociedad.

¿Y los cuidados?

Los cuidados fueron por mucho tiempo poco teorizados aún en el esfuerzo por incorporar la perspectiva de género en su desarrollo. Ello es debido a que el propio concepto de cuidados admite múltiples definiciones sobre las cuales aún no se alcanzan consensos. En cambio, a partir de distintas nociones se han ido desarrollando estudios e investigaciones con base en alguna(s) de sus dimensiones.

En este sentido, critican Ciccia y Sainsbury que o bien se equiparó el cuidado con el trabajo no remunerado, desconociendo el rol estatal en su provisión (vía licencias parentales, prestaciones económicas, servicios, etc.), o no se reconoció́ la ética del cuidado como característica de la buena sociedad (Tronto, 1993), o no se argumentó́ que el cuidado y la reproducción son requisitos previos para el bienestar humano y social y la supervivencia misma de las sociedades. En respuesta a estas falencias, muchas feministas defendieron un concepto integral de cuidado y subrayaron su centralidad en el proyecto del estado de bienestar (Ciccia & Sainsbury, 2018). Un aporte en este sentido se centró́ en la ciudadanía, profundizando en los derechos relacionados con el cuidado (es decir, el derecho a recibir cuidado, el derecho a cuidar y el derecho a no cuidar) (Pautassi, 2007). Otros aportes importantes tienen que ver con el desarrollo del concepto del diamante de bienestar, en contraposición al triángulo de bienestar tradicional (estado-mercado-familia), para enfatizar la importancia de los proveedores de cuidados a nivel comunitario (Razavi, 2007). Otra línea que se ha desarrollado tiene que ver con los efectos de la globalización en la inmigración y el cuidado, demostrando que la organización social del cuidado también está vinculada con otras relaciones de desigualdad, en particular la etnicidad y la clase (Pérez Orozco, 2016; Razavi, 2007).

Admitiendo la complejidad implícita en el concepto de cuidados, lo cierto es que su utilización está sumamente extendida en la investigación sobre estados de bienestar a partir del empuje de la academia feminista. Sin embargo, hay quienes argumentan que existen componentes de economíapolítica que no han sido suficientemente desarrollados. En este sentido, y a efectos del análisis que sigue parece pertinente retomar las ideas planteadas por Daly y Lewis (2000) en términos de elaborar un concepto de cuidados (al que llaman cuidado social) que promueva y desarrolle el cuidado como una actividad y un conjunto de relaciones que se encuentran en la intersección del Estado, el mercado, la familia y el sector comunitario o de voluntariado. El objetivo es trabajar sobre un concepto que pueda echar luz sobre las variaciones entre estados de bienestar y sus procesos de cambio y desarrollo.

Así se desarrolla un concepto multidimensional de cuidados (Daly & Lewis, 2000) que destaca tres dimensiones. En primer lugar, se analiza el cuidado como trabajo, considerando la naturaleza de la actividad, las personas involucradas en ella, las condiciones en que se lleva a cabo y la función del Estado en la determinación de los límites del cuidado remunerado o no remunerado, formal o informal. En segundo lugar, se aborda la ética del cuidado, que se enfoca en las obligaciones y responsabilidades sociales y familiares que rodean la actividad del cuidado, y el papel del Estado en la formación de las representaciones sociales sobre el cuidado. La tercera dimensión explora los costos económicos y emocionales del cuidado y cómo se comparten entre individuos, familias y la sociedad en general, considerando que estos costos trascienden las fronteras públicas y privadas. A partir de este enfoque, se define el cuidado como las actividades y relaciones involucradas en satisfacer las necesidades físicas y emocionales de niños, niñas y personas en situación de dependencia, y los marcos normativos, económicos y sociales que rigen su asignación y ejecución.

Cuidado neoliberal vs. democracias cuidadoras

La mercantilización de los cuidados y la creciente dependencia de los servicios de cuidado proporcionados por el mercado, como los servicios de cuidadores/as remunerados/as, plantea desafíos para la democratización de los cuidados. La privatización y mercantilización de los cuidados pueden aumentar las desigualdades y crear barreras económicas para el acceso a servicios de cuidado de calidad, lo que afecta especialmente a las personas con menos recursos económicos. Además, la lógica de mercado en la provisión de cuidados puede perpetuar relaciones asimétricas de poder y deshumanizar el trabajo de cuidado, reduciéndolo a una mera transacción económica, lo que puede socavar los valores democráticos de solidaridad y reciprocidad en las relaciones sociales.

El considerar a los cuidados como una cuestión privada o doméstica, relegada al ámbito individual o familiar, y no como un asunto político y social que requiere atención y acción por parte de los Estados, se limita su integración en las agendas públicas para generar políticas que promuevan esquemas más democráticos en la organización social de los cuidados.

Continuando con las reflexiones de Tronto, desde la perspectiva de la ética del cuidado, el neoliberalismo es un desastre. En una sociedad neoliberal, la vida humana se ve como una suma de las “opciones” individuales y el cuidado se convierte en un asunto personal y privado. Las prácticas neoliberales a menudo se presentan como “responsabilidad personal”, lo que significa que si no puedes cuidar de tu propia familia y comunidad, es culpa tuya por no haber hecho suficientes sacrificios o asumido suficientes responsabilidades.

Cuando la responsabilidad personal es la única forma de responsabilidad que importa en la vida democrática, puede tener un efecto profundamente antidemocrático. Desde la perspectiva de la ética del cuidado, los ciudadanos deberían poder esperar más del Estado y la sociedad civil para satisfacer sus necesidades de cuidado y las de sus seres queridos. Al mismo tiempo, los ciudadanos y ciudadanas deben comprometerse más a producir los valores, prácticas e instituciones que permitan a la sociedad democrática atender de manera más coherente a sus ciudadanos solidarios y democráticos. En un sistema de cuidado democrático, la política se acercará más a las preocupaciones de la gente y será más fundamentalmente democrática (Tronto, 2013).

En la mayoría de las sociedades, el trabajo de cuidado ha sido históricamente asignado a las mujeres, perpetuando roles de género estereotipados y desigualdades estructurales. Por ello, la asignación desigual del trabajo doméstico y de cuidado puede ser considerada como una limitación para la democracia, ya que perpetúa desigualdades de poder y oportunidades entre los géneros. Además, el trabajo de cuidado tiende a ser poco reconocido y valorado en términos económicos y sociales, lo que da como resultado la invisibilidad y desvalorización de quienes lo realizan, mayoritariamente mujeres. Esto puede afectar su participación activa en la toma de decisiones y en la vida pública, limitando así la democracia en la medida en que no se garantiza una participación plena y equitativa de todas las personas en la sociedad.

En este punto, parece interesante retomar la idea de Biroli en cuanto a pensar los cuidados desde una perspectiva que valide a nuestras democracias en función de la provisión igualitaria y adecuada a todas las personas, constituyéndose esta perspectiva como una alternativa ético-política al neoliberalismo (Biroli, 2018).

Desde este análisis identificaremos en el desigual acceso a cuidados de calidad y la posición que asumen las personas que cuidan las dimensiones de las diferentes desigualdades de género, raza y clase que constituyen los verdaderos problemas de la democracia.

De estas caracterizaciones se derivan sendos debates en torno al buen y mal cuidado, y en torno a la idea de “irresponsabilidad privilegiada”. Todo este desarrollo lleva a uno de los más importantes aportes de Tronto, y es la idea de “Caring Democracy”, donde son decisiones políticas las responsables de asignar el cuidado y las responsabilidades de cuidado en una sociedad.

Tronto responde entonces a la pregunta sobre qué se requiere entonces para “cuidar bien”/“democráticamente” (tiempo, recursos, voluntad colectiva e igualdad, dirá), y propone una ruta para empezar a crear sociedades más cuidadoras: atacando la separación entre esferas pública y privada, problematizando las relaciones entre trabajo remunerado y no remunerado, y pensando que el cuidado se trata sí de personas/comunidades aprendiendo a cuidar, pero también debe tratarse de instituciones cuidadoras.

Partiendo de su definición amplia del concepto de cuidados, entendido como “todo lo que hacemos para mantener, continuar y reparar nuestro ‘mundo’, de forma tal que podamos vivir de la mejor forma posible” Tronto nos propone reflexionar sobre la posibilidad de generar “democracias cuidadoras” (Tronto, 2013). Aún para definiciones más restrictivas del concepto de cuidados para la implementación de políticas públicas esta reflexión puede resultar sumamente útil a la hora de discutir en nuestras sociedades la idea de “corresponsabilidad social” en los cuidados, entendiendo esta como la responsabilidad compartida entre Estado, mercado, comunidad y familias.

En este marco de construcción conceptual en torno al cuidado, uno de los aportes fundamentales de Tronto tiene que ver con las cinco fases del cuidado – desarrolladas inicialmente junto a Fisher en 1990 y complementadas luego en 1993 y 2013. La autora recorre cada una de las fases – “caring about”, “caring for”, “care giving”, “care receiving” y “caring with”— asociadas a sus correspondientes cualidades morales (estar atentos/as, responsabilidad, competencia, reciprocidad y confianza/solidaridad). A partir de estas fases la autora profundiza en su definición que más allá de situaciones de dependencia describe más bien condiciones de interdependencia que se desarrollan en una serie de actividades de cuidado anidadas unas en otras. Dada la complejidad del debate conceptual, Tronto propone complementar su definición con una serie de ideas basadas en diversos aportes en torno a: cuidados comprometidos vs. cuidados extendidos, cuidado afectuoso vs. cuidado no afectuoso, cuidado forzado e interseccionalidades, autocuidado, personas que cuidan vs. personas cuidadas, y cuidado vs. servicio (Fisher & Tronto, 1990; Tronto, 2016).

Esto la lleva a desarrollar su perspectiva respecto a cómo entender los cuidados políticamente, entendiéndolos como relaciones de poder, en tanto lo que se busca es la satisfacción de necesidades. En este sentido, la autora plantea preguntar(se): quién cuida a quién, qué cuida, cómo cuida, dónde cuida, cuándo cuida. Surge aquí el desequilibrio y las desigualdades generadas a partir de un modeloque diferencia entre el rol proveedor (breadwiner) y el rol cuidador(caretaker) que ha hecho que las responsabilidades recaigan muy mayoritariamente en las mujeres, en el que la separación de las esferas pública y privada ha llevado además a la invisibilización de las tareas desarrolladas de forma no remunerada.

Así, plantea Tronto, el déficit de cuidados y el déficit democrático son dos caras de una misma moneda. Si entendemos el déficit de cuidados como la incapacidad de encontrar suficientes personas que cuiden – de forma remunerada o no remunerada - para satisfacer las necesidades de las personas y sus familias, y el déficit democrático como la incapacidad de las instituciones gubernamentales para reflejar los valores e ideas reales de la ciudadanía, se podría concluir que solo democracias cuidadoras podrá abordar estos problemas. Poniendo el énfasis en la fase final del cuidado, “cuidar con” (“caring with”), se requiere que las necesidades de cuidado y las formas en que se satisfacen sean coherentes con los compromisos democráticos, con la justicia, la igualdad y la libertad para todos.  Esta visión particular del cuidado, de la democracia y de la relación entre ambos requiere que las prácticas de cuidado se lleven a cabo de manera democrática y que el cuidado se convierta en un valor central para las democracias. Se trata de garantizar que todas las personas que integran la sociedad puedan vivir lo mejor posible haciendo que la sociedad sea lo más democrática posible (Tronto, 2013).

Actualmente, en todo el mundo existen iniciativas y propuestas que buscan modificar la organización social de los cuidados y que podrían redundar en esquemas más democráticos desde la perspectiva que aquí se ha planteado.

Los cuidados como derecho

El cuidado no solo es un trabajo que requiere ser reconocido y valorado, sino que también es un derecho humano reconocido en pactos y convenciones internacionales. Como tal, establece responsabilidades que deben ser cumplidas al diseñar políticas universales y transversales con presupuestos regulares, adoptando un enfoque de género y en coordinación con otros derechos, incluyendo los derechos económicos, sociales y culturales, civiles y políticos (Pautassi, 2023).

La perspectiva de derechos humanos parte de la premisa de que los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes, y, por tanto, deben regirse por principios y estándares jurídicos específicos (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2018).

En el ámbito de los cuidados, resulta fundamental prestar atención a los sujetos de derecho involucrados en la política, y generar políticas que aseguren la atención necesaria de acuerdo con las convenciones internacionales de derechos humanos, sin perpetuar estereotipos, especialmente los de género. Es crucial evitar la dicotomía entre los derechos de las personas cuidadas y las cuidadoras. Como segunda característica, se debe cumplir con el principio de igualdad y no discriminación, lo que implica garantizar el acceso igualitario a los derechos fundamentales y la ausencia de discriminación hacia cualquier sector de la población. Debe existir una especial atención a aquellos grupos históricamente discriminados, con una atención prioritaria para aquellos que experimentan mayores limitaciones en el acceso a los derechos.

En tercer lugar, se debe tener en cuenta la universalidad y sensibilidad a las diferencias culturales. Las aspiraciones de cobertura universal de derechos no deben traducirse en estrategias uniformes para toda la población, sino en planes de acción que permitan la realización progresiva del derecho y garanticen el principio de no regresividad. En cuarto lugar, es fundamental que las personas destinatarias de políticas tengan voz en las decisiones que les afectan, lo que supone la participación social tanto en el diseño como en la implementación, evaluación y monitoreo de las políticas. Se deben diseñar mecanismos efectivos de participación y exigibilidad que involucren a todas las partes interesadas en las políticas de cuidados.

El cumplimiento de estos principios implica concebir a la política pública como dirigida a sujetos de derecho activos y comprometidos, que fortalecen la idea del cuidado como un derecho humano. La transparencia y rendición de cuentas, desde una perspectiva de derechos, promueven una gestión social más efectiva, que involucra la participación ciudadana en todas las etapas del proceso de diseño, implementación y evaluación de las políticas sociales.

Desde 2015 podemos considerar una nueva etapa cuando el cuidado comienza a aparecer explícitamente como un derecho en los instrumentos de derechos humanos, los consensos y compromisos surgidos de las Conferencias Regionales sobre la Mujer y sobre Población y Desarrollo de CEPAL, de la Convención Interamericana por los derechos de las Personas Mayores, y a nivel global con su incorporación en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (Güezmez García & Vaeza, 2023).

Corresponsabilidad: hacia una nueva organización social de los cuidados

En América Latina (al igual que en otras regiones del mundo) la provisión estatal de bienestar se ha desarrollado en torno a tres pilares básicos: educación, salud y seguridad social (Martínez Franzoni, 2008). Sin embargo, el cuidado, en cuanto actividad que atraviesa la vida de todas las personas, constituyendo una función social clave, en general, no ha sido incorporado o desarrollado de igual forma.

Hoy parece haberse asumido que una reconfiguración de las esferas pública y privada resulta sustancial para hacer frente tanto a la crisis de cuidados como al déficit democrático que enfrentan nuestras sociedades. Una redistribución más justa de las responsabilidades de cuidados en nuestras sociedades desde una perspectiva que ponga la igualdad de género en el centro del debate resulta fundamental.

América Latina viene realizando esfuerzos para avanzar en  políticas o en la creación de Sistemas de Cuidados como cuarto pilar de bienestar.

La creación de Sistemas Nacionales de Cuidados tiene como objetivo priorizar el rol del Estado en la actual organización social de los cuidados que actualmente recae en las familias - principalmente en las mujeres - o se soluciona a través del mercado, con las implicancias desarrolladas en términos de democracia.

Desde una perspectiva de política pública, los Sistemas de Cuidados han sido definidos como “… el conjunto de políticas encaminadas a concretar una nueva organización social de los cuidados con la finalidad de cuidar, asistir y apoyar a las personas que lo requieren; así como reconocer, reducir y redistribuir el trabajo de cuidados -que hoy realizan mayoritariamente las mujeres” (ONU Mujeres & CEPAL, 2021).

Para que los Sistemas Nacionales de Cuidados sean capaces de atender este doble objetivo de cuidar y ser cuidadas en condiciones de igualdad y calidad, es imprescindible trabajar desde su diseño con la perspectiva de género y derechos humanos en el centro.

En todos los países de la región, el déficit de cuidados ha sido identificado como un problema y se han adoptado respuestas limitadas para algunas poblaciones, especialmente para las más vulnerables. Si bien existen programas de cuidados para la primera infancia, no están tan extendidos para las personas mayores y con discapacidad en situación de dependencia. En algunos países, se han implementado políticas de cuidados que buscan satisfacer las necesidades y derechos articulando diferentes programas en torno a una población específica. Para que estas políticas se integren en un sistema, se requiere una articulación interinstitucional a nivel nacional y territorial que aproveche eficientemente la capacidad del Estado y de la sociedad, y se desarrolle un nuevo modelo de gestión centrado en las personas y no solo en los servicios.

Por otra parte, la constitución de tal Sistema requiere articular políticas orientadas a todas las poblaciones objetivo (niños y niñas, personas mayores y con discapacidad en situación de dependencia, y personas que cuidan —de forma remunerada y no remunerada—) en torno a cinco componentes: los servicios (públicos o privados) que se proveen, las regulaciones que se establecen (de servicios y laborales), la formación de las personas que cuidan, las acciones de generación y gestión de información y conocimiento público sobre los cuidados, las acciones de comunicación dirigidas a la difusión de los derechos y la promoción del cambio cultural (ONU Mujeres & CEPAL, 2021).

Así, es necesario implementar de manera simultánea y adaptadas a cada situación específica, políticas que establezcan regulaciones para el sector privado y establezcan estándares de calidad para todos los servicios, sean públicos y privados. También se deben implementar políticas de formación para las personas cuidadoras, que garantice la calidad de los servicios y promueva la profesionalización y dignificación del trabajo de cuidados. Además, se necesitan políticas de gestión de la información y conocimiento para tomar decisiones informadas y políticas de comunicación que promuevan una cultura de corresponsabilidad entre varones y mujeres en la realización de tareas de cuidado.

Para construir un Sistema de Cuidados de esta manera, es necesario establecer los caminos que se adapten a la realidad de cada país y permitan avanzar progresivamente hacia el establecimiento del Sistema de Cuidados.

A nivel normativo, en 2015 se aprueba la ley 19353 que crea el Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC) en Uruguay; Costa Rica aprobó en 2022 por la ley N° 10.192 de creación del Sistema Nacional de Cuidados y Apoyos (SINCA) y la Ley N.º 9941 de reactivación y reforzamiento de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil (Güezmez García & Vaeza, 2023)Al momento de la publicación de este articulo existen proyectos de ley presentados en los parlamentos de Argentina, Ecuador, Paraguay y México..

En los últimos años, se vienen generando debates públicos con actores políticos, institucionales y sociales, se han instalado espacios de articulación a nivel nacional y a niveles sub-nacionales y se han puesto en marcha experiencias piloto a nivel territorial, en países como Panamá, República Dominicana, Perú, México, Argentina, Paraguay, Ecuador, Chile, Colombia (Bango & Piñeiro, 2022).

 

Desafíos: los límites del Estado para cuidar

Teniendo en cuenta la perspectiva de derechos humanos y lo que constituye la creación de un nuevo pilar del bienestar, es necesario reconocer que la modificación de la organización social de los cuidados hacia esquemas más democráticos enfrenta resistencias y limitaciones por parte de los Estados y otros actores sociales, como ser intereses económicos, estructuras sociales arraigadas, roles de género tradicionales, visiones limitadas de la democracia, entre otras, que pueden obstaculizar la transformación de los cuidados hacia esquemas más equitativos y participativos.

Sin ningún lugar a dudas, una de las principales limitantes tiene que ver con los aspectos presupuestales. Los estados cuentan con un presupuesto limitado para invertir en políticas de asistencia, atención y cuidado, lo que limita su capacidad para implementar nuevas políticas y programas, así como ampliar políticas existentes para mejorar la calidad y cobertura de tiempo de cuidados y que a su vez las políticas estén transversalizadas con la perspectiva de género. Algunos ejemplos en este sentido puede ser la priorización de los servicios por sobre las transferencias monetarias – que son políticas menos costosas, pero pueden reforzar los estereotipos de género – la ampliación de horarios para cubrir las necesidades de las diferentes familias, la creación o mejora de servicios públicos con relación a la calidad, la ampliación de licencias y permisos laborales tanto para mujeres como para varones, contar con información sistemática de buena calidad para la toma de decisiones de política pública, avanzar en la regulación laboral del sector que garantice condiciones laborales dignas y salarios que reconozcan la labor, contar con trayectorias de formación que tengan su correlato en las trayectorias laborales que garanticen un cuidado de calidad (ONU Mujeres, 2022).

Con respecto a las estructuras estatales,  la falta de coordinación entre diferentes agencias gubernamentales y organizaciones no gubernamentales que trabajan en la prestación de cuidados y atención limitan la efectividad de los esfuerzos del Estado para mejorar la organización social de los cuidados. Por ello se concibe a las políticas de cuidados como políticas que indefectiblemente deben ser interinstitucionales.

Existen también barreras estructurales que pueden limitar la capacidad de los estados para mejorar la atención en cuidados. Son ejemplo de ello la falta de infraestructura adecuada para los cuidados o la falta de recursos humanos con formación y capacitación adecuadas.

Es posible encontrar resistencias políticas de grupos de interés que se benefician del statu quo, y que se oponen a cualquier cambio que pueda afectar su posición privilegiada. Estas resistencias terminan por sustentar institucionalmente modelos familaristas, — que se basan en la idea de que es natural y deseable que las mujeres se encarguen de las tareas domésticas y de cuidados —. Los Estados suelen estar limitados por las estructuras y normativas existentes que perpetúan la división tradicional del trabajo de cuidado y las desigualdades de género. Esto incluye políticas laborales y sociales que no reconocen el trabajo de cuidado como una ocupación legítima y que no garantizan derechos laborales, como salarios justos, seguridad social y protección laboral, a quienes lo realizan.

Vinculado al punto anterior, la organización social de los cuidados también se encuentra arraigada en la sociedad a través normas culturales y valores tradicionales que dificultan la implementación de nuevas formas de cuidado. Aun en la actualidad se espera que las mujeres se encarguen de los cuidados y la atención a las familias, y no se espera la participación de los varones en estos roles. Por ello, la promoción del cambio cultural a modelos basados en la corresponsabilidad social y de género en los cuidados resulta sustantiva.

Estas limitantes terminan por configurar los principales desafíos que encuentran los países en la construcción de Sistemas de Cuidados. En primer lugar, el enfoque de corresponsabilidad requiere un trabajo intenso sobre el cambio cultural que permita que la política de cuidados opere sobre las desigualdades de clase y de género. En segundo lugar, el camino hacia la universalidad implica trabajar en el acceso a partir de la ampliación de servicios y políticas, pero también en la calidad con la que se llevan adelante dichos servicios, potenciando la formación y la regulación (de servicios y laboral). En un escenario de déficit de cuidados potenciado por los cambios demográficos y los cambios sociales y laborales nos vemos enfrentados a tres dilemas fundamentales: la provisión de cuidados de larga duración a las personas mayores, alcanzar un sistema de protección a toda la infancia, promover la autonomía económica de las mujeres. Si articulamos estos tres dilemas con los primeros desafíos mencionados, llegamos al tercer desafío: el financiamiento. Para que las políticas de cuidados se constituyan efectivamente en el cuarto pilar los sistemas de bienestar es necesario contar con un modelo de financiamiento que lo permita.

El hecho de reconocer en los cuidados un elemento que atraviesa la vida de todas las personas en varios momentos de su trayectoria de vida debiera ser suficiente para su consagración como un derecho universal, y como tal, ocupar un lugar central en la agenda pública (al igual que la salud, la educación o la seguridad social). Lamentablemente, el enfoque de derechos muchas veces termina por no ser suficiente para persuadir a decisores de la importancia de poner a los cuidados en el centro. Es por esto por lo que resulta necesario poner sobre la mesa otros aspectos que tienen que ver con los retornos económicos que produce el hecho de encarar el déficit de los cuidados desde una perspectiva de género.

Con esto nos referimos a la importancia de generar políticas que posibiliten que la tasa de actividad femenina retome el crecimiento en la región, en un contexto en el que los sistemas de seguridad social se verán cada vez más presionados en función de la relación entre población activa e inactiva. Y, por otro lado, a la vez que las mujeres liberan tiempo para estudiar, trabajar o participar social o políticamente, hay un aspecto vinculado a la provisión de servicios de calidad para la primera infancia debe ser tomada como una inversión, respecto a la expectativa que una inserción más temprana de niños y niñas en este tipo de servicios pueda redundar en trayectorias educativas y luego laborales exitosas, lo que repercutirá en los niveles de productividad que puedan tener esos trabajadores y trabajadoras en el futuro.

Como plantea Biroli, la respuesta a las preguntas de cómo son atendidas las necesidades de cuidado en una sociedad, quién se responsabiliza y qué formas asume este cuidado es clave. “Dependiendo de la respuesta, nos podremos alejar o acercar a un ideal democrático en el cual la igualdad sea una referencia y las desigualdades no sean utilizadas para justificar la opresión contra determinados grupos”(Biroli, 2018).

Siguiendo a Tronto, podríamos asegurar que el mundo se vería muy distinto si pusiéramos a los cuidados en el centro de nuestra vida política. Sin embargo, nada mejorará hasta que nuestras sociedades diluciden cómo poner las responsabilidades sobre los cuidados en el centro de la agenda política (Tronto, 2013).

El vínculo entre cuidados y democracia es complejo y presenta desafíos y límites en el camino hacia una organización social de los cuidados más democrática. La asignación desigual del trabajo de cuidado, la mercantilización de los cuidados y la concepción limitada de la democracia son algunos de los obstáculos que enfrentan los Estados en la modificación de los cuidados hacia esquemas más democráticos. Sin embargo, es fundamental reconocer la importancia de los cuidados en la vida de las personas y en la reproducción social, y promover políticas y enfoques que garanticen la equidad de género, la valoración del trabajo de cuidado, la participación ciudadana y la solidaridad en la provisión de cuidados, a fin de construir sociedades más justas y democráticas.

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Nota de las autoras: Este artículo fue publicado previamente en: Norma Sanchís y Jazmín Bergel Varela (compiladoras) (2023) - La vida en el centro: desafíos hacia sociedades de cuidado.