Vigencia de los convenios colectivos.
24 de Mayo del 2023
Informes y documentos del instituto
La aprobación de la modificación de la Ley 18566, sobre Negociación Colectiva reabrió el debate sobre la ultractividad, y ha generado una serie de comentarios, a nuestro entender imprecisos, respecto el alcance que la modificación trae.
El artículo que refiere a la vigencia de los convenios colectivos es el artículo 17, del que se deroga únicamente el inciso segundo. Con está derogación se quita lo que se denomina comúnmente como ultraactividad automática. En el documento nos explayamos al respecto.
Adjunto